Delegación Presidencial Regional del
Biobío
10 de Junio de 2021

Participación Ciudadana

“BASES POSTULACIÓN A BENEFICIOS DE LEY 20.330 –AÑO  2022

I.-             BENEFICIARIOS:

A.-          Los deudores de crédito universitario que a contar desde el 1 de enero de 2009 se incorporen a prestar servicios remunerados en las municipalidades, corporaciones y fundaciones municipales y asociaciones municipales, correspondientes a comunas con menores niveles de desarrollo del país;

Comunas en que el beneficiario debe prestar servicios o cumplir funciones: Alto Biobio, Antuco, Arauco, Cabrero, Cañete, Contulmo, Curanilahue, Florida, Hualqui, Laja, Lebu, Los Álamos, Lota, Mulchén, Nacimiento, Negrete, Quilaco, Quilleco, San Rosendo,  Santa Bárbara, Santa Juana, Tirúa, Tomé, Tucapel y Yumbel.

B-           Los deudores que cumpliendo los requisitos que señala la ley y el reglamento para la aplicación de la Ley N° 20.330, se incorporen a prestar servicios remunerados en corporaciones, fundaciones u organizaciones no gubernamentales, que presten funciones de apoyo a los municipios de las comunas con menores niveles de desarrollo del país, en ámbitos tales como el social, productivo, urbano o ambiental.

Cupos Región del Biobío: 32 (renovantes y nuevos beneficiarios).

I.I.-         SOBRE PRESTACION DE SERVICIOS

Los postulantes deberán efectuar la prestación de servicios remunerados en alguna de las Municipalidades, Corporaciones y Fundaciones Municipales, Asociaciones Municipales o establecimientos dependientes de los Servicios de Salud o en la Fundación para la Superación de la Pobreza; institución que presta apoyo a los municipios, en comunas con menores niveles de desarrollo del país.

                En el caso de profesionales o técnicos que ejerzan labores en una municipalidad, corporación o fundación municipal, o en la Fundación para la Superación de la Pobreza institución que presta apoyo a los municipios, en comunas con menores niveles de desarrollo del país, se entenderá por servicio remunerado aquel que se efectúe bajo cualquier forma jurídica que contemple a lo menos 44 horas semanales, o bien la prestación de un determinado servicio equivalente.

                En el caso de profesionales que ejerzan labores en dos o más municipalidades o en una asociación de éstas, se entenderá cumplido lo dispuesto en el punto anterior, si a lo menos 22 horas semanales de trabajo, se desarrollan en el municipio de una comuna con menores niveles de desarrollo del país.

                Solo en el caso de profesionales que se desempeñen en establecimientos dependientes de los Servicios de Salud, podrán participar solo los Médicos Cirujanos y Cirujanos Dentistas, deudores de los créditos señalados, que hayan obtenido una especialidad y desarrollan sus funciones en una comuna  con menores niveles de desarrollo del país, con  22 horas semanales de  trabajo en dichos servicios.

II.-          MONTO DEL BENEFICIO.

Beneficio anual: Es aquel que corresponde por cada año de servicio prestado, con un máximo de tres, por un monto equivalente al valor de la cuota anual del crédito que le correspondería pagar durante dicho año, con un tope anual de dieciséis unidades tributarias mensuales, del mes de diciembre de cada año.

Beneficio adicional: Es aquel que corresponde por el tercer año de servicio prestado de manera ininterrumpida, por un monto equivalente a tres veces el valor de la cuota anual del crédito que le correspondería pagar durante dicho año o a tres veces la cantidad pagada de su crédito durante el año calendario anterior, el cual tiene un tope de 48 UTM del mes de diciembre del mismo año. Solo podrán postular al beneficio adicional, aquellos beneficiarios(as) que obtuvieron el beneficio anual consecutivo de la Ley N° 20.330, los años 2020 y 2021 respectivamente.

III.-        POSTULACIÓN.

Para postular al Beneficio Anual 2022, se considera un año ininterrumpido de prestación de servicios,  al período  continúo de 12 meses seguidos y continuos, con jornada laboral de 44 horas; periodo que se contabilizará desde la publicación de las presentes bases hacia atrás.

 Para postular al Beneficio Adicional 2022, Solo podrán postular los beneficiarios(as) que obtuvieron el beneficio anual consecutivo de la Ley N° 20.330, los años 2020 y 2021 respectivamente. Los postulantes deberán acreditar al menos tres años ininterrumpidos de prestación de servicios, es decir, un periodo de 36 meses seguidos y continuos,  periodo que se contabilizara desde la publicación de las presentes bases hacia atrás.

Los postulantes deberán presentar ante la Delegación Presidencial Regional del Biobío, una vez cumplido el año ininterrumpido de alguna de las prestaciones de servicios que define la ley, todos los antecedentes que a continuación se detallan:

IV.-        REQUISITOS

A)- Carta de postulación dirigida a la Delegada Presidencial Regional de la Región del Biobío.

B) Formulario identificación del postulante, que     puede   ser    descargado   del    siguiente   link:  https://dprbiobio.gob.cl/postulacion-beneficios/ o solicitado en el Departamento Social de la Delegación Presidencial Región del Biobío. Los montos deben ser llenados en UTM, con decimales. La ficha se sugiere que sea llenada con letra imprenta, se debe consignar claramente el correo electrónico y el teléfono, que serán los medios que la Delegación  ocupará para tomar contacto con el postulante.

C) Copia simple del certificado de título de técnico de nivel superior, de título profesional o de grado académico correspondiente. La institución de educación superior debe ser autónoma y reconocida oficialmente por el Estado.

D) Fotocopia de C.I. del postulante.

E.1) Solo los deudores del Fondo Solidario del Crédito Universitario, deberán presentar: Certificado emitido por el respectivo Administrador General del Fondo de Crédito Solidario, Ley N° 19.287, en que conste la condición de deudor, la circunstancia  de haber realizado la declaración anual de ingresos, el monto de la cuota que le corresponde pagar en el año, el saldo por pagar de la deuda y el hecho de estar al día en sus obligaciones.

E.2) Solo los deudores del Crédito con Garantía Estatal (CAE), deberán presentar: Certificado emitido por la Comisión Administradora del Sistema de Créditos para Estudios Superiores, Ley N° 20.027, en que conste la condición de deudor, el saldo por pagar, las cuotas que faltan por pagar y el hecho de estar al día en el pago de las obligaciones.

Este certificado debe solicitarse a través de   la plataforma de atención web, el Sistema de Atención de consultas: https://atencionpublico.ingresa.cl/alumno/user/login, seleccionar categoría de consulta, Beneficio Ley 20.330 e ingresar.

Además deberán escanear en baja resolución  e ingresar a la plataforma los siguientes documentos:

1)     Carta dirigida al Director Ejecutivo de Comisión Ingresa Sr. Tomás Bayon Zuñiga, indicando que requiere certificado para postular a Beneficio Ley N°20.330, donde deberá consignar además sus datos personales, de contacto, dónde estudió, qué carrera, Intendencia a través de la cual postula y el banco donde paga. La carta debe estar firmada y no posee formato tipo. 

2)     Comprobante de pago de la última cuota pagada y

3)     Copia cédula de identidad por ambos lados.

Para dudas y consultas por este trámite INGRESA dispone de una central telefónica 600 901 1000.

F) Además, debe acreditar número de años que el deudor lleva pagados a la fecha de la postulación. (Declaración simple). Adjuntar documentos que acrediten años de cancelación de deuda.

G) Certificado de representante legal de organismo en que preste servicios, debiendo registrar un año como mínimo de antigüedad ininterrumpida, y un mínimo de 44 horas semanales de servicios prestados a una Municipalidad, corporaciones y  fundaciones municipales, asociaciones municipales o establecimientos dependientes de los servicios de salud u organizaciones no gubernamentales que presten funciones de apoyo a los municipios, de acuerdo a lo indicado en el artículo 9° del Reglamento de la Ley.

El certificado debe especificar los datos personales del postulante, nombre completo, RUT, fecha inicio de prestación de servicios con 44 horas semanales, profesión, cargo que desempeña, tipo de contratación y vigencia del contrato.

Solo los trabajadores a Honorarios, deberán adjuntar copia de su contrato en donde indique jornada de 44 horas o de un servicio equivalente.

H)  Los médicos cirujanos o cirujanos dentistas que presten servicios en los servicios de salud de las respectivas comunas, deberán adjuntar fotocopia de especialidad en su respectiva área y deberán acreditar especialidad CONACEM (Corporación Nacional Autónoma de Certificación de Especialidades Médicas).

V.-          PLAZO DE POSTULACIÓN:

La Delegación Presidencial Regional de la Región del Biobio recibirá postulaciones entre el 06 de junio y el  01 de agosto de 2022. Los antecedentes deben ser remitidos a la Oficina de Partes de la Delegación Presidencial, ubicada en Aníbal Pinto N° 442, 2° piso, Concepción, en horario de lunes a jueves, de 8:30 a 13:00 y de 15:00 a 17:00 horas, y los viernes de 8:30 a 13:.00. No se recibirán postulaciones fuera de plazo. Para consultas comunicarse vía mail con Sra. Maria Antonieta Sepúlveda Quero a la siguiente dirección: msepulvedaq@interior.gob.cl.

VI.-        FORMA DE POSTULACIÓN

La documentación requerida en las Bases de Postulación, deberá ser presentada en la Oficina de Partes de la Delegación Presidencial, ubicada en Aníbal Pinto N° 442, 2° piso, Concepción, en el horario señalado en el punto precedente, siendo responsabilidad del postulante entregarla y verificar su ingreso.

VII.-       FACTOR DE RIESGO DE COMUNAS.

Para poder postular al beneficio, la comuna en que desempeña funciones debe tener un factor de riesgo superior a 130 puntos. Mientras más elevado es el factor, menor es el nivel de desarrollo de la comuna.

De acuerdo a lo establecido en Decreto N° 324, de 31 de diciembre de 2021, de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, las comunas que cumplen con el requisito del factor de riesgo requerido, son las siguientes:

Comuna                                      Factor de comunas con menor nivel de desarrollo.
1Tirua298,88
2Alto Bio Bio270,54
3Florida247,26
4Antuco246,35
5Contulmo240,17
6Negrete237,04
7Quilaco233,98
8Yumbel231,72
9Quilleco221.16
10Santa Barbara214,64
11Santa Juana213,56
12Laja209,94
13San Rosendo208,99
14Lebu199,53
15Hualqui197,81
16Los Alamos197,32
17Cañete192,24
18Tucapel188,46
19Nacimiento178,74
20Lota168,11
21Cabrero158,03
22Arauco147,44
23Tomé143,56
24Mulchén140,62
25Curanilahue136,06

INTERPRETACIÓN

En caso de contradicción entre lo señalado en la Resolución Exenta N° 838, de 22 de junio de 2015, de la entonces Intendencia Regional del Biobío y lo señalado en las presentes bases, deberá estarse primeramente a éstas. 

VIII.-     SELECCIÓN DE POSTULANTES:

Los cupos serán distribuidos en primer lugar, entre las personas que renuevan sus beneficios por segundo y tercer año, siempre que acrediten anual y oportunamente el cumplimiento de requisitos. En caso de existir cupos vacantes, se efectuará la selección de postulantes nuevos, conforme a los criterios de selección que se indicarán a continuación. En caso de empate entre los postulantes, se optará  aquel cuyos antecedentes hayan ingresado primero a la Oficina de Partes de la Delegación Presidencial del Biobío.

Criterios de Selección:

  1. Índice de mayor vulnerabilidad:
Nivel de vulnerabilidad N° de lugar en la Región.Puntaje
1100 puntos
295 puntos
390 puntos
485 puntos
580 puntos
675 puntos
770 puntos
865 puntos
960 puntos
1055 puntos
1150 puntos
1245 puntos
1340 puntos
14-1535 puntos
16-1730 puntos
18-1925 puntos
20-2120 puntos
22-2315 puntos
24-2510 puntos
  • Número de años pagados del crédito universitario:
N° de años que lleva pagando el crédito universitarioPuntaje
 más años           100 puntos
 9 años             90 puntos
 8 años             80 puntos
 7 años             70 puntos
 6 años             60 puntos
        5 años             50 puntos
        4 años             40 puntos
 3 años30 puntos
               2 años            20  puntos
               1 año            10 puntos


Número de años de antigüedad laboral en la comuna:

N° de años de antigüedad laboral en la comunaPuntaje
 más años           100 puntos
 9 años             90 puntos
 8 años             80 puntos
 7 años             70 puntos
 6 años             60 puntos
 5 años             50 puntos
 4 años             40 puntos
 3 años             30 puntos
 2 años      20 puntos
 1 año      10 puntos

Documentos de importancia:

Resolución exenta N°640

Formulario de postulación Ley 20330

Declaración Jurada Simple

Certificado tipo de alcalde

Carta para solicitar beneficio

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